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Guía

Cómo se calcula el aguinaldo en Uruguay

El aguinaldo es la doceava parte de lo que cobraste en el período: sumás lo que te pagaron en esos seis meses y lo dividís entre 12. En la actividad privada se paga en dos partes, en junio y en diciembre. Acá está quién lo cobra, qué partidas entran, qué te descuentan y cómo hacer la cuenta con tu recibo.

Ejemplo con un sueldo de $ 60.000 nominales.

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Qué es el aguinaldo

En la ley se llama sueldo anual complementario. La Ley 12.840 lo define como «la doceava parte del total de sueldos o salarios abonados por el patrono en los doce meses anteriores al primero de diciembre de cada año». Dicho en criollo: es como cobrar un mes más por año, repartido en lo que ganaste durante ese año.

La ley original lo hacía pagar una vez, en diciembre. Hoy se cobra en dos mitades, conocidas como medio aguinaldo, porque cada año el Poder Ejecutivo fija el pago semestral. Por eso cada medio aguinaldo se calcula sólo con lo que cobraste en su semestre.

Quién lo cobra

Según la Ley 12.840, lo tiene que pagar todo empleador privado (persona o empresa) y las personas públicas no estatales a sus empleados y obreros. Si trabajás en relación de dependencia en la actividad privada, con recibo de sueldo, te corresponde.

  • Servicio doméstico: también lo cobra. El Banco de Previsión Social incluye el aguinaldo entre los beneficios salariales del trabajo doméstico.
  • Funcionarios públicos: esta guía habla de la actividad privada; si trabajás en el Estado, consultá en tu organismo cómo y cuándo se paga.
  • Trabajo independiente: si facturás por tu cuenta (unipersonal, monotributo, profesional), no hay aguinaldo: no tenés un empleador que te lo pague. Lo que podés hacer es apartarte vos un «aguinaldo» propio cada mes.

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Los dos períodos y las fechas de pago de 2026

Cada medio aguinaldo cubre seis meses. Según el material del BPS, se consideran los períodos de diciembre a mayo (que se paga en junio) y de junio a noviembre (que se paga en diciembre). Para 2026, el Ministerio de Trabajo informó que el Gobierno decretó el pago así:

Medio aguinaldo en la actividad privada, 2026
Lo que cobrasteSe pagaEn 2026
Del 1 de diciembre de 2025 al 31 de mayo de 2026En junioDurante junio de 2026
Del 1 de junio al 30 de noviembre de 2026En diciembreHasta el 20 de diciembre de 2026

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Cómo se calcula, paso a paso

  1. Juntá los recibos del semestre

    Los seis recibos de diciembre a mayo, o de junio a noviembre. Lo que importa es el nominal, lo que figura antes de los descuentos, no lo que te cayó en la cuenta.

  2. Sumá las partidas que entran

    Sueldo o jornales, horas extras, comisiones, primas y todo lo que te pagaron en dinero por tu trabajo (más abajo está qué entra y qué no).

  3. Dividí entre 12

    El total del semestre dividido entre 12 es tu medio aguinaldo nominal. Si cobraste lo mismo los seis meses, da justo medio sueldo.

  4. Restale los descuentos

    Al aguinaldo le descuentan aportes y, si corresponde, IRPF. Lo que cobrás en mano es el líquido que queda.

Qué partidas entran y cuáles no

La Ley 12.840 dice que cuenta «la totalidad de las prestaciones en dinero originadas en la relación de trabajo que tengan carácter remuneratorio», y deja afuera las participaciones en las ganancias de la empresa y el propio aguinaldo. El BPS lo resume como la doceava parte de las partidas «que tengan carácter salarial y sean pagadas en dinero». En la práctica:

  • Entran: el sueldo o los jornales, las horas extras, las comisiones, y las primas y los premios que se pagan en dinero como parte del salario.
  • No entran: lo que no se paga en dinero (por ejemplo, partidas en especie), las participaciones en las ganancias de la empresa y el aguinaldo anterior.
  • Depende: algunas partidas, como ciertos viáticos o gratificaciones ocasionales, tienen reglas propias. Si tu recibo tiene muchos rubros, preguntá en tu trabajo cuáles toman o consultá al Ministerio de Trabajo.

Un convenio o laudo puede darte algo mejor que la ley: la Ley 12.840 dice que en ese caso rige cada año el régimen más favorable para el trabajador.

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Qué te descuentan

El aguinaldo no se cobra entero. Según el BPS, es materia gravada: lleva los mismos aportes personales que el sueldo. Para quien aporta por Industria y Comercio, el aporte jubilatorio personal es del 15 %, y el aporte personal al FONASA va del 3 % al 8 % según tu sueldo y si tenés hijos o cónyuge a cargo. Hay además un aporte chico al Fondo de Reconversión Laboral.

El IRPF del aguinaldo se calcula aparte del resto del sueldo. La DGI explica que el aguinaldo y el salario vacacional obligatorios por ley se gravan «de forma independiente de las restantes rentas de trabajo», a una tasa proporcional igual a la tasa marginal más alta que se aplica a tus otros ingresos. Si el aguinaldo es mayor que el que marca la ley, el excedente se suma al resto del sueldo. Cómo cierra todo el año lo ves en la guía de devolución de IRPF.

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Un ejemplo con números

Las cifras son de ejemplo. Lucía cobra un sueldo nominal de $ 60.000 por mes, sin extras, de diciembre a mayo.

Medio aguinaldo de junio con sueldo fijo (ejemplo)
Sueldo nominal por mes
$ 60.000
Seis meses, de diciembre a mayo
$ 360.000
Dividido entre 12: aguinaldo nominal
$ 30.000
Aporte jubilatorio (15 %)
− $ 4.500
FONASA (4,5 %, sin hijos ni cónyuge a cargo)
− $ 1.350
IRPF, si su tasa más alta fuera 10 %
− $ 3.000

Le quedan unos $ 21.150 en mano. El nominal es exacto; los descuentos dependen de su caso y en su recibo pueden variar un poco.

Si el sueldo cambia en el semestre, se suma mes por mes. Con un aumento por Consejo de Salarios a mitad del período, o con horas extras, la cuenta es la misma: se suman los seis meses tal como fueron.

Medio aguinaldo de diciembre con un aumento (ejemplo)
De junio a septiembre: 4 meses de $ 60.000
$ 240.000
Octubre y noviembre: 2 meses de $ 64.000
$ 128.000
Total del semestre
$ 368.000

$ 368.000 dividido 12 da un aguinaldo nominal de $ 30.667.

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Si entraste hace poco, si te vas y el servicio doméstico

Si entraste a mitad del período o te vas

No hace falta trabajar el semestre entero. Si entraste a mitad del período, el aguinaldo se calcula igual, con lo que cobraste desde que entraste: es más chico porque suma menos meses.

Si te vas, por renuncia, jubilación o despido, la Ley 12.840 dice que te corresponde cobrar en ese momento el aguinaldo en proporción al tiempo que trabajaste, además de las indemnizaciones que correspondan. Va en la liquidación final, junto con la licencia no gozada (está explicado en la guía de salario vacacional).

Aguinaldo proporcional al irte (ejemplo)
Trabajaste de junio a septiembre
4 meses
Cobraste $ 60.000 por mes
$ 240.000

$ 240.000 dividido 12 da $ 20.000 nominales de aguinaldo en la liquidación final.

Servicio doméstico

Las trabajadoras y los trabajadores domésticos cobran aguinaldo con la misma cuenta: la doceava parte de lo cobrado en el semestre. Según el BPS, el sector tiene además una prima por presentismo: la cuarta parte del medio aguinaldo, para quien tuvo asistencia perfecta en el período (de diciembre a mayo o de junio a noviembre). El BPS la liquida a todos salvo que la parte empleadora declare que no corresponde.

Si empleás a alguien en tu casa, conviene apartar el aguinaldo todos los meses: es un pago que llega dos veces al año y casi siempre en meses cargados. Los montos del sector se fijan en el Consejo de Salarios; ante dudas, el BPS atiende consultas de trabajo doméstico.

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Qué hacer con el aguinaldo

El aguinaldo llega en dos meses que ya vienen con sus propios gastos: junio trae cuotas de impuestos y el frío; diciembre, las fiestas, los regalos y el verano por delante. Lo que más ayuda es decidir qué va a pagar antes de cobrarlo. Algunas ideas:

  • Reforzar las bolsas de los pagos grandes del año, como la patente o la contribución (en gastos anuales en Uruguay están las fechas).
  • Empezar o completar un fondo de emergencia.
  • Bajar una deuda cara antes que comprar en cuotas (si tenés varias, mirá cómo salir de las deudas).
  • Ponerle un tope a las fiestas: un monto para regalos y cenas que salga del aguinaldo, no de la tarjeta.

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Cómo llevarlo en Llegamos

En Llegamos podés cargar tu sueldo como un ingreso y el aguinaldo como otro, que se repite dos veces al año: así lo ves en la proyección de Lo que viene antes de que llegue. Si querés que cuente sólo cuando lo confirmes (por si la fecha se corre), le pedís confirmación al cobro.

Para darle destino, armá una bolsa para cada cosa: las fiestas, el fondo de emergencia, la patente. Cada bolsa calcula cuánto falta y cuánto apartar por mes; la app te lo propone y vos lo confirmás. No se conecta con tu banco: lo que cargás es tuyo y nada se mueve solo.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se cobra el aguinaldo de diciembre de 2026?

Según el Ministerio de Trabajo, el medio aguinaldo generado entre el 1 de junio y el 30 de noviembre de 2026 se paga hasta el 20 de diciembre de 2026. El de la primera mitad del año se pagó en junio.

¿El aguinaldo es medio sueldo?

Sólo si cobraste lo mismo los seis meses del período y no hubo extras. En realidad es la doceava parte de todo lo que cobraste en el semestre: con horas extras, comisiones o un aumento, da más que medio sueldo; si entraste a mitad del período, da menos.

¿El aguinaldo paga IRPF?

Sí, si te corresponde pagar IRPF. La DGI explica que el aguinaldo obligatorio se grava aparte del resto del sueldo, a una tasa igual a la tasa marginal más alta que se aplica a tus otros ingresos. Además lleva los aportes personales al BPS, como el sueldo.

¿Si renuncio pierdo el aguinaldo?

No. La Ley 12.840 dice que al terminar la relación laboral, por renuncia, jubilación o despido, se cobra el aguinaldo en proporción al tiempo trabajado. Va en la liquidación final.

¿Las horas extras cuentan para el aguinaldo?

Sí. Entra todo lo que se te pagó en dinero por tu trabajo con carácter de salario: sueldo, jornales, horas extras, comisiones. Lo que no se paga en dinero y las participaciones en las ganancias de la empresa no entran.

¿La empleada doméstica cobra aguinaldo?

Sí, con la misma cuenta: la doceava parte de lo cobrado en el semestre. El sector tiene además una prima por presentismo, la cuarta parte del medio aguinaldo, para quien tuvo asistencia perfecta en el período, según el BPS.

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